Declaraciones de renta preparadas con precisión, revisadas caso a caso y presentadas dentro de plazo.

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Servicio fiscal

Declaración de IRNR para No Residentes

Preparación y presentación de declaraciones fiscales con atención personalizada. Cada caso se analiza de forma individual para ajustarse a tu situación real.

Publicado 2026-02
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Declaración de IRNR para No Residentes
Precio del servicio 140 € Precio orientativo. Puede variar según el caso.

Si no resides en España pero obtienes rentas aquí, tienes obligación de declarar ante la AEAT mediante el modelo 210. Esto incluye alquileres de inmuebles, ganancias por venta de propiedades o rendimientos del capital mobiliario.

Rentas más frecuentes que generan obligación

El alquiler de un piso en España a un inquilino residente es el caso más habitual. También la venta de un inmueble, donde el comprador retiene el 3% del precio como pago a cuenta del impuesto del vendedor no residente.

Convenios de doble imposición

España tiene convenios firmados con varios países que pueden reducir el tipo impositivo aplicable o establecer en qué país tributa cada tipo de renta. Es necesario acreditar la residencia fiscal en el otro país para aplicar el convenio.

El plazo de presentación varía según el tipo de renta. Las rentas por alquiler se declaran trimestralmente o anualmente. Las ganancias patrimoniales tienen un plazo de tres meses desde la operación.

Representante fiscal

En algunos casos, la normativa española exige designar un representante fiscal residente en España. Podemos actuar como representante fiscal si lo necesitas.

Cómo se desarrolla el proceso

Cada etapa está diseñada para que sepas exactamente en qué punto se encuentra tu gestión.

  1. Análisis de la situación: Tipo de renta, país de residencia y existencia de convenio de doble imposición aplicable.
  2. Documentación: Contrato de arrendamiento, escritura de compraventa, certificado de residencia fiscal en el extranjero u otros documentos según el caso.
  3. Cálculo del impuesto: Aplicamos el tipo que corresponda según el convenio o la normativa interna española.
  4. Presentación del modelo 210: Presentación telemática dentro del plazo correspondiente al tipo de renta.
  5. Justificante y archivo: Entregamos copia del modelo presentado y el justificante de pago o de presentación sin ingreso si corresponde.
IRPF Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Desde 2022 acompañamos a particulares y autónomos en la presentación de sus declaraciones. Conocemos los cambios normativos de cada campaña y los aplicamos directamente a tu caso.

Aspecto Detalle
Modalidad 100% online, sin desplazamientos
Plazo habitual 3 a 7 días hábiles desde la documentación completa
Comunicación Por email y videollamada si es necesario
Revisión incluida Sí, antes de la presentación definitiva
Cobertura Clientes en toda España y residentes en el extranjero
Contacto [email protected]
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